Dar de baja mi seguro.

“Las partes (cliente o aseguradora) pueden oponerse a la prórroga del contrato mediante una notificación escrita a la otra parte, efectuada con un plazo de dos meses de anticipación a la conclusión del período del seguro en curso.”

Como puede leer en este artículo 22 de la Ley de Contrato de Seguro redactado en el año 1980, se nos exige avisar “por escrito” a la compañía con más de 2 meses de antelación.

Sin duda este artículo queda rápidamente desfasado, dado que aunque en aquella época los clientes tardaban mucho tiempo en recibir ofertas de distintas compañías de seguros para cambiarse, pronto este plazo de preaviso resulta ser muy amplio.

Actualmente gracias a internet o el teléfono, podemos conocer rápidamente el precio de muchas compañías de seguros.

Sin embargo, como cada vez hay más gente que se queda sin trabajo, todas las compañías están sufriendo una fuerte caída de sus clientes, dado que es uno de los primeros gastos en eliminarse.

Por eso con esta crisis cada día son más las compañías que exigen el cumplimiento de los 2 meses de preaviso que exige la Ley, para retener a los clientes un año más.

¿Qué hacer si no he avisado con 2 meses de antelación?

Nos ponemos en contacto con la compañía de seguros con la mayor antelación  posible a la renovación del seguro, solicitando la no renovación del seguro.

Desgraciadamente en esta época, como cada vez hay más gente que se queda sin trabajo y las compañías están sufriendo una fuerte caída de sus clientescada día son más las compañías que exigen el cumplimiento de los 2 meses de preaviso que exige la Ley, para retener a los clientes un año más.

¿Qué hacer si no quiero pagar “la renovación” con mi compañía?

Lo más probable es que la compañía reclame a través de distintas cartas el pago de dicha prima, subiendo en cada una de ellas el tono de las amenazas para ir a juicio.

Si pasados varios meses sigues si pagar a la compañía, esta se planteará ir a juicio en el caso de que la prima sea tan elevada como para compensar las costas del juicio.

¿Cómo deberíamos actuar siempre?

Todas las empresas españolas envían una Carta Preventiva de Anulación con más de 2 meses de antelación a la conclusión, con la finalidad de mejorar “la prima” o “las condiciones contractuales”, al poder cambiarse de compañía y recibir mejores precios de las distintas compañías.

Las compañías de seguros están habituadas a estos procedimientos con las empresas. ¿Porqué no hacerlo nosotros también?

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